Comunicación previa en materia urbanística
Ficha informativa
Código SIA
1167569
Descripción
Este trámite permite declarar responsablemente o realizar una comunicación en Materia Urbanística ante esta Entidad
Requisitos de iniciación
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentado las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa
Documentación obligatoria
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Memoria descriptiva de las obras a realizar
Memoria descriptiva de las obras a realizar
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Presupuesto desglosado
Presupuesto detallado de las obras, firmado por constructor o técnico competente
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Plano de emplazamiento de la finca, parcela, vivienda o local
Plano de emplazamiento
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Copia del último recibo del IBI
Copia del último recibo del IBI.
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Croquis a escala o acotado de las obras a realizar
Croquis a escala o acotado de las obras a realizar
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Fotografías actuales del objeto de las obras
Dos fotografías actuales del objeto de las obras
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Pago de tasa municipal - Descargar número de cuenta en el enlace de abajo que pone "Pagodetasamu", una vez pagado adjunta el justificante
Tasas(1% + 10€ cuota fija) e impuestos 4%. Ambos respecto al presupuesto de ejecución material. Justificante depósito del 5% del presupuesto ejecución de material por la gestión de residuos, a reintegrar al acreditar el tratamiento de los mismos a través de gestor autorizado.
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Nombramiento de constructor
Nombramiento de constructor
Documentación a aportar según el caso
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Fotografías de las cuatro fachadas (si la obra es exterior)
Fotografías de la fachada (si la obra es exterior)
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Autorización comunidad de propietarios
En los casos que exista comunidad de propietarios se deberá presentar la autorización
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Autorización sectorial
Autorización sectorial (si procede) Autorización o autorizaciones sectoriales (servidumbres de carreteras, del espacio aéreo, recursos hídricos, costas, etc) o autorización de la ocupación del dominio público (ocupación de la vía pública municipal, etc) o de la CIOTUPHA en caso de BIC
Observaciones
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Si está en zonas turísticas debe de paralizarse las obras del 1de mayo al 31 de octubre según el artículo 62 de la Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana.